Informe de software Una vez finalizado el informe, desde la cuenta de correo electrónico soporte.portal@derechodeautor.gov.co se enviará una respuesta automática al correo electrónico que ha informado en el formulario (sugerimos verificar su correcta escritura, ya que de lo contrario no podrá constatar la remisión). Es posible que la respuesta automática ingrese al correo electrónico como spam o no deseado, por lo que, de ser el caso, le sugerimos verificar dichas carpetas. La respuesta automática contiene la información que ha sido remitida y, en consecuencia, se constituirá en la constancia de envío del “Informe de Software”.

Cualquier otra inquietud estaremos atentos a responderla a través del número telefónico (57)(601) 7868220 ext. 1114 de la ciudad de Bogotá D.C., o al correo electrónico info@derechodeautor.gov.co

NORMATIVIDAD:

Directiva Presidencial 01 de 1999 DA de Sofware
Directiva Presidencial 02 de 2002 DA de Sofware
Circular 04 de 2006 CAGNCI DA de Sofware
Circular 027 de 28 dic 2023 sobre Informe de Software
1. Departamento *
2. Ciudad *
3. Orden *
4. Sector *
5. Entidad *
6. Nit *
7. Funcionario *
8. Dependencia *
9. Cargo *
10. Correo *
11. ¿Con cuántos equipos cuenta la entidad? *
12. ¿El software instalado en estos equipos se encuentra debidamente licenciado? *
13. ¿Qué mecanismos de control se han implementado para evitar que los usuarios instalen programas o aplicativos que no cuenten con la licencia respectiva? *
14. ¿Cuál es el destino final que se le da al software dado de baja en su entidad? *
15. A parte de diligenciar este aplicativo, las mismas preguntas deben estar relacionadas y contestadas en un informe suscrito por el jefe de Control Interno o quien haga sus veces, el cual debe ser subido al sitio web de su entidad. El link de esta publicación, lo deberá relacionar a continuación: *